7/3/2022

PREE5000: Ayudas rehabilitación energética de edificos en Cataluña

Cataluña: Abierto el plazo de solicitud PREE5000 - 2022-2023

¡Programa de Rehabilitación Energética en Cataluña 2022-2023!

En Cataluña, desde el pasado 28 de febrero de 2022, se ha abierto el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación energética de edificios. La finalidad de este programa es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales establecidos en la normativa europea, relativos a la reducción del consumo de energía final y del desnivel de emisiones de CO2.

Portada Programa de Ayudas para la rehabilitación de edificios en Cataluña 2022-2023

Objeto PREE5000

  • Las actuaciones subvencionables deberán realizarse, necesariamente, en edificios o viviendas que se encuentren ubicados en cualquiera de los municipios de reto demográfico (municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes).
  • Usos de los edificios completos existentes:

1. Edificios de vivienda unifamiliar.

2. Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.

3. Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc).

  • Requisitos de las actuaciones:

1. Alcanzar una reducción del consumo de energía primaria no renovable mínimo del 30% respecto a la situación de partida.

2. Mejorar la calificación energética total del efificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 / m2 · año).

  • Tipologías de las actuaciones:

1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

  • No serán actuaciones subvencionables:

1. Las realizadas en eficios de nueva construcción.

2. Ampliaciones (Superficie o volumen).

3. Cambio de uso del edificio.

Beneficiarios y destinatarios últimos

Destinatarios últimos de las ayudas (residencia fiscal en España):

  • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios (artículo 396 del Código Civil) y sin el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios (mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad), que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación.
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs). Deberán actuar de acuerdo con el contrato con la propiedad y llevar a cabo las inversiones.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas o entidades locales equivalentes, y las Mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles (según artículo 3 de la Ley 7/1985 y artículo 2.2 de la Ley 40/2015).
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001, la Directiva 2019/944 o el Real Decreto Ley 23/2020.

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente de la publicación en el DOGC de la convocatoria de ayudas, hasta el 31 de diciembre de 2023 o cuando se agote el presupuesto disponible.

Plazo de ejecución

18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

La notificación de la resolución por parte de la administración se puede alargar hasta 6 meses a contar desde la solicitud.

Tramitación

La solicitud será telemática y deberá presentarse mediante firma digital. Según el tipo de beneficiario utilizará un canal u otro según especifique la convocatoria.

Si quieres conocer más detalles sobre el Programa de ayudas a la rehabilitación energética de edificios, visita la página web del Instituto Catalán de Energía o desde AQUÍ.

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