En Cataluña, desde el pasado 28 de febrero de 2022, se ha abierto el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación energética de edificios. La finalidad de este programa es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales establecidos en la normativa europea, relativos a la reducción del consumo de energía final y del desnivel de emisiones de CO2.
1. Edificios de vivienda unifamiliar.
2. Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
3. Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc).
1. Alcanzar una reducción del consumo de energía primaria no renovable mínimo del 30% respecto a la situación de partida.
2. Mejorar la calificación energética total del efificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 / m2 · año).
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
1. Las realizadas en eficios de nueva construcción.
2. Ampliaciones (Superficie o volumen).
3. Cambio de uso del edificio.
Destinatarios últimos de las ayudas (residencia fiscal en España):
Desde el día siguiente de la publicación en el DOGC de la convocatoria de ayudas, hasta el 31 de diciembre de 2023 o cuando se agote el presupuesto disponible.
18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
La notificación de la resolución por parte de la administración se puede alargar hasta 6 meses a contar desde la solicitud.
La solicitud será telemática y deberá presentarse mediante firma digital. Según el tipo de beneficiario utilizará un canal u otro según especifique la convocatoria.
Si quieres conocer más detalles sobre el Programa de ayudas a la rehabilitación energética de edificios, visita la página web del Instituto Catalán de Energía o desde AQUÍ.
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